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Artículo 11

Política Nacional De Insumos Agropecuarios

Ley 2183 de 2022 · Por medio del cual se constituye el Sistema Nacional de Insumos Agropecuarios, se establece la Política Nacional de Insumos Agropecuarios, se crea el Fondo de Acceso a los Insumos Agropecuarios y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En un plazo de seis (6) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, se deberá adoptar a través del Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes), una Política Nacional de Insumos Agropecuarios que deberá promover el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR) para su discusión y en la que se identifiquen y determinen estrategias, prioridades, mecanismos o medidas para el uso eficiente, competitivo, racional y sostenible de los insumos agropecuarios.

Parágrafo 1

: fa Política Nacional de Insumos Agropecuarios hará especial énfasis en el uso de bioinsumos, las mezclas orgánico-minerales y bio preparado, con el objeto de disminuir costos en la producción de alimentos, mejorar la inocuidad, con el fin de preservar los recursos naturales.

Parágrafo 2

: La Política Nacional de Insumos Agropecuarios hará énfasis en desarrollar programas de formación dirigidos a los productores agropecuarios, con el fin de capacitarlos en el uso eficiente y racional de los insumos agropecuarios especialmente sobre los insumos que ofrecen alternativas de origen biológico.

Parágrafo 3

La Política Nacional de Insumos Agropecuarios deberá estipular medidas para incentivar la producción de insumos agropecuarios en el territorio nacional. Dentro de estas medidas, y en coordinación con el Ministerio de Ciencias, se deberá promover la Investigación, el Desarrollo tecnológico y la innovación de nuevos productos que puedan ser utilizados como insumas agropecuarios y que sean ambientalmente sostenibles.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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