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Artículo 7

Homogeneización Del Régimen Del Fondo Nacional Del Ahorro

Decreto 1962 de 2023 · Ministerio de Hacienda y Crédito Público Decretos DECRETO NÚMERO 1962 DE 2023 (noviembre 15) por el cual se homogeneizan las posiciones que regulan la gobernanza y los regímenes de las entidades públicas de servicios financieros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Homogeneización del Régimen del Fondo Nacional del Ahorro . A partir de la expedición del presente Decreto, transfórmese el Fondo Nacional del Ahorro Carlos Lleras Restrepo, en una sociedad por acciones, del tipo de las anónimas, cuya razón social será Fondo Nacional del Ahorro S. A., la cual formará una persona jurídica distinta de sus accionistas, será una sociedad de economía mixta vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, organizada como un establecimiento de crédito, con domicilio en la ciudad de Bogotá, D. C., de la Rama Ejecutiva del orden nacional.

Parágrafo

Para efectos tributarios, el Fondo Nacional del Ahorro S. A. continuará rigiéndose por lo dispuesto en el

Parágrafo

del artículo 1° de la Ley 432 de 1998.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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