°. Homogeneización del Régimen del Fondo Nacional del Ahorro . A partir de la expedición del presente Decreto, transfórmese el Fondo Nacional del Ahorro Carlos Lleras Restrepo, en una sociedad por acciones, del tipo de las anónimas, cuya razón social será Fondo Nacional del Ahorro S. A., la cual formará una persona jurídica distinta de sus accionistas, será una sociedad de economía mixta vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, organizada como un establecimiento de crédito, con domicilio en la ciudad de Bogotá, D. C., de la Rama Ejecutiva del orden nacional.
Para efectos tributarios, el Fondo Nacional del Ahorro S. A. continuará rigiéndose por lo dispuesto en el
del artículo 1° de la Ley 432 de 1998.