Micelio

Artículo 20

Los Oficiales En Uso De Buen Retiro Que Se Nombren Como Profesores Y Los Profesores Civiles Externos Solamente Tendrán La Obligación De Dictar Las Horas De Clase Para Que Fueren Nombrados

Decreto 150 de 1952 · Por el cual se reglamenta el artículo 11 de la Ley 82 de 1947 y se adiciona el Decreto número 3404 de 1950

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 20. Los Oficiales en uso de buen retiro que se nombren como Profesores y los profesores Civiles externos solamente tendrán la obligación de dictar las horas de clase para que fueren nombrados.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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