Micelio

Artículo 91

El Consejo De Administración Fiduciaria Cuando Lo Estime Conveniente, Se Valdrá De La Ayuda Del Consejo Económico Y Social, Y De La De Los Organismos Especializados Con Respecto A Los Asuntos De La Respectiva Competencia De Los Mismos

Decreto 861 de 1946 · Por el cual se promulgan unos pactos internacionales

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 91. El Consejo de Administración Fiduciaria cuando lo estime conveniente, se valdrá de la ayuda del Consejo Económico y Social, y de la de los organismos especializados con respecto a los asuntos de la respectiva competencia de los mismos. CAPITULO XIV La Corte Internacional de Justicia .

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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