Micelio

Artículo 3

En Caso De Proceso Verbal No Habrá Lugar A Detención Preventiva; Pero Lo Sindicados Podrán Ser Obligados, A Juicio Del Funcionario, Que Permanezcan Presentes En Las Dependencias De Su Despacho Hasta Cuando Se Resuelva El Proceso

Decreto 119 de 1934 · Por el cual se reglamenta la Ley 50 de 1933

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En caso de proceso verbal no habrá lugar a detención preventiva; pero lo sindicados podrán ser obligados, a juicio del funcionario, que permanezcan presentes en las dependencias de su despacho hasta cuando se resuelva el proceso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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