Micelio

Artículo 2

Ley 1711 de 2014 · por medio de la cual la nación se asocia a la conmemoración de los 150 años de vida municipal del municipio de Jardín, en el departamento de Antioquia, y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la promulgación de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política, se autoriza al Gobierno Nacional para que incorpore dentro del Pre supuesto General de la Nación, las partidas presupuestales para concurrir a la financiación de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social en el municipio de Jardín, departamento de Antioquia, así:

Mejoramiento de la red vial terciaria del municipio y vías urbanas.

Mejoramiento de instalaciones de Policía en el municipio, dotación y construcción.

Mejoramiento al Palacio Municipal "Indalecio Peláez Velásquez".

Reparación de la Casa de la Cultura y Museo "Clara Rojas".

Realización de proyectos de inversión social para la generación de empleo y la satisfacción de las necesidades básicas insatisfechas de la población municipal.

Inversiones en el sistema de acueducto y alcantarillado, plan maestro urbano.

Inversiones en la infraestructura educativa municipal.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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