Micelio

Artículo 1

Declárase La Reserva Nacional Y Apórtase A La Empresa Colombiana De Petróleos Para Que La Explore, Explote Y Administre Directamente O En Asociación Con El Capital Público O Privado, Nacional O Extranjero, Del Área Comprendida Por Los Siguientes Linderos Generales: Se Ha Tomado Como Punto De Referencia El Vértice Geodésico "juaica 31" Del Instituto Geográfico Agustín Codazzi Cuyas Coordenadas Geográficas Son: Latitud 4° 54' 27" 478 Al Norte Del Ecuador Y Longitud 74° 07' 56" 800 Oeste De Greenwich Y Cuyas Coordenadas Gauss Son: Norte 1

Decreto 703 de 1970 · Por el cual se aporta un área a la Empresa Colombiana de Petróleos

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Declárase la reserva nacional y apórtase a la Empresa Colombiana de Petróleos para que la explore, explote y administre directamente o en asociación con el capital público o privado, nacional o extranjero, del área comprendida por los siguientes linderos generales: Se ha tomado como punto de referencia el vértice geodésico "Juaica 31" del Instituto Geográfico Agustín Codazzi cuyas coordenadas geográficas son: Latitud 4° 54' 27" 478 al Norte del ecuador y longitud 74° 07' 56" 800 Oeste de Greenwich y cuyas coordenadas Gauss son: Norte 1.034.124.74 y Este 994.284.62. De este vértice geodésico con un rumbo verdadero N 69° 41' 15"E y a una distancia de 3.580.01 metros hasta encontrar el punto "A", punto de partida de la solicitud, que corresponde a la cúpula de la iglesia de Tabio. De este punto "A" con un rumbo verdadero S 56° 00' 00" E y una distancia de 6.800 metros hasta encontrar el punto "B" De este punto "B" con un rumbo verdadero S 34° 00' 00" W y a una distancia de 20.000.00 metros hasta encontrar el punto "C", De este punto "C" con un rumbo verdadero N 56° 00' 00" W y a una distancia de 12.000.00 metros hasta encontrar el punto "D", De este punto "D" con un rumbo verdadero N 34° 00' 00" E y a una distancia de 20.000.00 metros hasta encontrar el punto "E", De este punto "E" con un rumbo verdadero S 56° 00' 00" E y a una distancia de 5.200.00 metros hasta encontrar el punto "A" punto de partida de la solicitud. La extensión del área es de 24.000 hectáreas y está ubicada en los Municipios de Subachoque, Tabio, chía, Tenjo, Cota, Madrid, Funza y Suba en el Departamento de Cundinamarca. Este aporte incluye las posibles zonas intermedias menores de cuatro kilómetros de anchura que puedan quedar entre la zona alinderada anteriormente y áreas que no estén libres para contratar.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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