El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el decreto 47 de 1995 y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1996.
Decreto 34 de 1996 →Vigente
Artículo 31
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Decreto 47 De 1995 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1o
Decreto 34 de 1996 · Por el cual se dictan unas disposiciones en materia saliaral y prestacional de la Rama Judicial, del Ministerio Público, de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.