Micelio

Artículo 2

Decreto 1300 de 1901 · Por el cual se aprueba el marcado en el número 258 de 8 de Febrero del presente año, dictado por el Jefe Civil y Militar del Departamento del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Dicho aumento cesará desde el día en que empezó a regir el Decreto de carácter legislativo número 945, de 31 e Julio último, "sobre aumento de sueldos a los empleados civiles" ( Diario Oficial número 11,535), reformado luégo con el marcado con el número 1,072, de Septiembre próximo pasado ( Diario Oficial número 11,555). Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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