Micelio

Artículo 58

Decreto 2 de 1982 · Por el cual se reglamentan parcialmente el Titulo i de la Ley 09 de 1979 y el Decreto -Ley 2811 de 1974, en cuanto a emisiones atmosféricas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los factores de corrección de las normas de emisión para hornos de Clinker de fábricas de cemento, con puntos de descarga cuya altura sea diferente a la altura de referencia , son los siguientes: Máxima producción diaria de cemento (Ton./día) Altura mínima del punto de descarga (mts.) Reducción o aumento en kilos/tonelada por cada metro de aumento o disminución de altura de descarga con respecto a la altura de referencia Zona urbana Zona rural 500 o menos 30 - - 600 30 0.110 0.26 700 30 0.100 0.24 800 35 0.090 0.22 1000 40 0.080 0.19 1500 40 0.040 0.10 2000 50 0.050 0.12 2500 50 0.030 0.07 3000 o más 55 0.027 0.06

Parágrafo

Para valores de producción diaria no indicados en el presente artículo, el factor de corrección se determinará mediante la interpolación lineal de los valores señalados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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