Pérdida del derecho al subsidio . El beneficiario del subsidio lo perderá cuando deje de cumplir los requisitos establecidos en el presente decreto y en la Ley 100 de 1993, a saber
Muerte del beneficiario.
Comprobación de falsedad en la información suministrada o intento de conservar fraudulentamente el subsidio.
Percibir una pensión u otra clase de renta o subsidio.
Mendicidad comprobada como actividad productiva.
Comprobación de realización de actividades ilícitas.
Traslado a otro municipio o distrito.