Micelio

Artículo 3

Vigencia

Decreto 178 de 2025 · por el cual se modifican el inciso transitorio del parágrafo 1° del artículo 1.6.5.3.3.1. de la Sección 3 del Capítulo 3 del Título 5 de la Parte 6 del Libro 1 y el inciso transitorio del parágrafo 4° del artículo 1.6.6.2.3 del Capítulo 2 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para ampliar de manera transitoria el plazo del cierre del banco de proyectos de inversión de Obras por Impuestos para la vigencia 2025.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica únicamente para la vigencia del 2025, el inciso segundo del

Parágrafo 1

del artículo 1 6.5.3.3.1. de la Sección 3 del Capítulo 3 del Título 5 de la Parte 6 del Libro 1 y el inciso segundo del

Parágrafo 4

del artículo 1.6.6.2.3. del Capítulo 2 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 178 de 2025