Modificación en los puntos salariales . A partir de la fecha de su ingreso a este decreto, y con posterioridad a la determinación de su remuneración inicial, los docentes sin título pueden incrementar los puntos salariales por
Cursos universitarios que conduzcan o no a títulos, de acuerdo con lo previsto en el literal a) del artículo 26;
Por ascenso de categoría, de acuerdo con lo previsto en el literal b) del artículo 26 y en el estatuto docente de su universidad;
Por resultados favorables en los concursos de Evaluación Periódica de Méritos. Para tal efecto a todos los docentes de las Categorías definidas en el literal b) del artículo 26, se los agrupa con los de la Categoría Profesor Auxiliar, se los considera conjuntamente con estos, y con las mismas condiciones, requisitos y beneficios participan en los concursos.