Micelio

Artículo 28

Decreto 2912 de 2001 · por el cual se establece el régimen salarial y prestacional de los docentes de las Universidades Estatales u Oficiales del Orden Nacional, Departamental, Municipal y Distrital.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificación en los puntos salariales . A partir de la fecha de su ingreso a este decreto, y con posterioridad a la determinación de su remuneración inicial, los docentes sin título pueden incrementar los puntos salariales por

a)

Cursos universitarios que conduzcan o no a títulos, de acuerdo con lo previsto en el literal a) del artículo 26;

b)

Por ascenso de categoría, de acuerdo con lo previsto en el literal b) del artículo 26 y en el estatuto docente de su universidad;

c)

Por resultados favorables en los concursos de Evaluación Periódica de Méritos. Para tal efecto a todos los docentes de las Categorías definidas en el literal b) del artículo 26, se los agrupa con los de la Categoría Profesor Auxiliar, se los considera conjuntamente con estos, y con las mismas condiciones, requisitos y beneficios participan en los concursos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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