Podrá autenticarse una copia mecánica o una literal de un documento, siempre que aquella corresponda exactamente al original que se tenga a la vista o que esta comprenda la integridad del documento exhibido y lo reproduzca con entera fidelidad.
Decreto 960 de 1970 →Vigente
Artículo 74
Podrá Autenticarse Una Copia Mecánica O Una Literal De Un Documento, Siempre Que Aquella Corresponda Exactamente Al Original Que Se Tenga A La Vista O Que Esta Comprenda La Integridad Del Documento Exhibido Y Lo Reproduzca Con Entera Fidelidad
Decreto 960 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto del Notariado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.