Micelio

Artículo 3

Ley 4 de 1934 · POR LA CUAL SE ABRE UN CRÉDITO ADICIONAL AL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA ACTUAL VIGENCIA Y SE DICTAN MEDIDAS PARA LA PREPARACIÓN DEL PROYECTO DE PRESUPUESTOS.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno para hacer la estimación de los ingresos que puedan recaudarse sobre la base de las leyes existentes y que se incluyan en el Presupuesto de rentas, sin sujeción al artículo 14 de la Ley 64 de 1931 . La estimación podrá hacerla el Gobierno de acuerdo con los factores económicos y rentísticos que considere más seguros para hacer un cálculo probable.

Parágrafo

Este artículo se aplicará solamente en la preparación de los Proyectos de Presupuestos Nacionales correspondientes a las vigencias de 1935 y 1936.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 4 de 1934