°. Provisión de los empleos. El Director General de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) proveerá los empleos creados en el artículo primero del presente decreto de acuerdo a la apropiación y disponibilidad presupuestal. El certificado de disponibilidad presupuestal para proveer el empleo del primer Director de la Unidad será expedido por el jefe de presupuesto o quien haga sus veces del Ministerio de Justicia y del Derecho, con cargo al presupuesto de la UBPD, de conformidad con el
del artículo 26 del Decreto-ley número 589 de 2017.