Micelio

Artículo 9

Los Pilotos Y Navegantes Civiles Para Ingresar Al Escalafón De Reserva Aérea Miliar De Segunda Clase, Deberán Presentar Al Comando De La Fuerza Aérea La Siguiente Documentación: A) Solicitud De Inscripción; B) Licencia Correspondiente Expedida O Refrendada Por El Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil; C) Certificado Expedido Por El Mismo Departamento Sobre El Número De Horas Y Tipos De Aviones Volados; D) Certificado De Policía; E) Dos Recomendaciones Sobre Conducta Y Honorabilidad Expedidas Por Las Últimas Empresas Aéreas En Donde El Aspirante Haya Prestado Sus Servicios; F) Certificado De Aptitud Sicofísica, Expedido Por Las Autoridades Sanitarias De La Aeronáutica Civil O De La Fuerza Aérea; G) Demostrar Ante Una Comisión De Oficiales Superiores, Nombrada Y Reglamentada Por El Comando De La Fuerza Aérea, Tener Los Conocimientos Sobre

Decreto 672 de 1965 · Por el cual se reglamentan los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6° del Decreto-ley número 1015 de 1956, sobre Reservas de Segunda Clase de la Fuerza Aérea, adoptado por la Ley 32 de 1961

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los pilotos y Navegantes civiles para ingresar al Escalafón de Reserva Aérea Miliar de Segunda Clase, deberán presentar al comando de la Fuerza Aérea la siguiente documentación

a)

Solicitud de inscripción;

b)

Licencia correspondiente expedida o refrendada por el Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil;

c)

Certificado expedido por el mismo Departamento sobre el número de horas y tipos de aviones volados;

d)

Certificado de Policía;

e)

Dos recomendaciones sobre conducta y honorabilidad expedidas por las últimas empresas aéreas en donde el aspirante haya prestado sus servicios;

f)

Certificado de aptitud sicofísica, expedido por las autoridades sanitarias de la Aeronáutica Civil o de la Fuerza Aérea;

g)

Demostrar ante una comisión de Oficiales Superiores, nombrada y reglamentada por el Comando de la Fuerza Aérea, tener los conocimientos sobre. Operaciones y Técnica Aéreas correspondientes al grado a que aspira.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 672 de 1965