Micelio

Artículo 5

Sin Perjuicio De Lo Establecido En Tos Artículos Anteriores, Para Los Créditos Que A La Fecha No Se Han Autorizado Para Financiar Los Faltantes Financieros Hasta El Año 2000, Corelca Deberán Obtener Las Autorizaciones Correspondientes, Debiendo La Dirección General De Crédito Público Efectuar Previamente Los Estudios Respectivos Y Actualizaciones Necesarias, A Fin De Establecer Que Las Contrágarantías Que Corelca Otorgó Son Suficientes De Conformidad Con Lo Establecido En El Artículo 14 De La Ley 185 De 1995

Decreto 2047 de 1996 · por la cual se autoriza a la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, Corelca, para celebrar un empréstito interno con la Financiera Energética Nacional S.A., FEN, hasta por la suma de $68.898.000.000 moneda legal colombiana, con garantía de la Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Sin perjuicio de lo establecido en tos artículos anteriores, para los créditos que a la fecha no se han autorizado para financiar los faltantes financieros hasta el año 2000, Corelca deberán obtener las autorizaciones correspondientes, debiendo la Dirección General de Crédito Público efectuar previamente los estudios respectivos y actualizaciones necesarias, a fin de establecer que las contrágarantías que Corelca otorgó son suficientes de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 185 de 1995.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2047 de 1996