°. Las funciones del INCI son las siguientes
Dictar, con aprobación del Gobierno Nacional, las normas de carácter técnico que deban regir a todas las organizaciones de limitados visuales e instituciones o entidades para limitados visuales del país.
Señalar, de acuerdo con el Ministerio de Educación Nacional y el Departamento Nacional de Planeación, la política u orientación general que debe cumplirse en el país en favor de los limitados visuales. f) La rehabilitación científica integral de los adultos ciegos. g) El fomento del trabajo para las personas ciegas. h) La producción, importación y el suministro, a cualquier título, de materiales y equipos educativos, culturales, de trabajo y recreativos a los limitados visuales. i) La prevención de la ceguera y restauración de la vista. j) La prestación de servicios culturales a los limitados visuales. k) La prestación de servicios sociales a las personas ciegas.