º . Envío de Documentos . Con cinco (5) días de anticipación a la sesión correspondiente, la Secretaría del Comité distribuirá entre sus miembros los documentos relativos al orden del día respectivo, salvo en los casos de sesiones por convocatoria extraordinaria. Los documentos que los miembros del Comité deseen presentar para su consideración, se tratarán en la sesión siguiente a su recibo, si este se produce con no menos de diez (10) días de anticipación a la misma, excepto cuando se trate de sesiones extraordinarias. Los documentos sometidos a consideración de los miembros del Comité, así como las actas que contienen las conclusiones y recomendaciones definitivas del mismo, son públicos, salvo los casos que establezca la ley. TITULO II CAPITULO I. Procedimientos generales
Decreto 3303 de 2006 →Vigente
Artículo 8
Decreto 3303 de 2006 · por el cual se dictan disposiciones relacionadas con el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.