Excepciones. No podrán exportarse bajo la modalidad de muestras sin valor comercial los siguientes productos
Café
Esmeraldas
Artículos manufacturados de metales preciosos
Oro y sus aleaciones
Platino y metales del grupo platino
Cenizas de orfebrería, residuos o desperdicios de oro
Productos minerales con concentrados auríferos, plata y platino
Plasma humano, órganos humanos, estupefacientes y los productos cuya exportación está prohibida, tales como los bienes que forman parte del patrimonio artístico, histórico y arqueológico de la Nación. No quedan comprendidas en la prohibición aquí prevista, las exportaciones de muestras de café efectuadas por la Federación Nacional de Cafeteros o las que de este producto se realicen mediante programas de exportación autorizados por la Federación.