Micelio

Artículo 23

Decreto 3166 de 1980 · Por medio del cual se aprueba el reglamento de valorización Adoptado por la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge, CVS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La citación de que trata el artículo anterior se hará por aviso que se fijará simultáneamente durante el término de un (1) mes en la. Secretaría de la Oficina de Valorización y en las oficinas regionales de la Corporación y alcaldías de los municipios de ubicación de los inmuebles comprendidos en la zona de influencia de la obra.

El aviso contendrá la información de la obra, u obras por las cuales se.exigirá contribución de valorización, sus finalidades y beneficios, determinará, su zona de influencia. Igualmente contendrá.la convocatoria para la elección de la Junta de Propietarios que se entenderá con la Corporación en todo lo relacionado con la obra y con las contribuciones, explicando la forma de su elección y los lugares y días de votación, tal como se reglamenta en el presente Acuerdo.

El aviso a que se refiere este artículo se publicará, además por dos (2) ocasiones, al menos en diarios de circulación regional, con una anticipación mínima de un (1) mes a la fecha de cierre de las votaciones para miembros de la Junta de Propietarios.

En el aviso, se informará a los interesados que deberías solicitar las oficinas de la Corporación, los formularios oficiales para votar en la elección de la. Junta de Propietarios, previa exhibición de los certificados de catastro respectivos. Con el formulario de votación, el interesado recibirá el informe general sobre la obra, costos aproximados, conveniencia de su ejecución, beneficios que han dé producir, término previsto para la construcción y plazos que se otorgarían para el pago de, las contribuciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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