Artículo único. Fíjanse desde el 1.° de Mayo último, y por término indefinido, para los empleados que á continuación se expresan los siguientes sueldos mensuales: Al Habilitado del Cuartel general del Ejército $120 Al Secretario del Auditor general 50 A cada uno de los tres Escribientes del Guardaparque general 70 A cada ano de los Ayudantes del Guardaparque general 40 Al Capellán general del Ejército 60 Comuníquese y publíquese.
Decreto 572 de 1905 →Vigente
Artículo 1
Decreto 572 de 1905 · Que señala las asignaciones de unos empleados en el Ramo de Guerra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.