Micelio

Artículo 15

El Artículo 67 De Los Estatutos Del Fondo Para El Financiamiento Del Sector Agropecuario, Finagro, Quedará Así: "artículo 67

Decreto 38 de 2010 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 67 de los Estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, quedará así: "Artículo 67. Causales. La Sociedad se disolverá por alguna de las siguientes causales

a)

Por vencimiento del término previsto para su duración en el contrato, si no fuere prorrogado válidamente antes de su expiración;

b)

Por reducción del número de accionistas a menos del requerido por la ley para su formación y funcionamiento;

c)

Cuando el noventa y cinco por ciento (95%) de las acciones llegue a pertenecer a un solo accionista particular;

d)

Cuando ocurran pérdidas que reduzcan el patrimonio neto a una cuantía inferior al cincuenta por ciento (50%) del capital suscrito;

e)

Por decisión de autoridad competente en los casos expresamente previstos en las leyes;

f)

Por las demás causales establecidas en la ley en relación con los establecimientos crediticios, especialmente las que determinen su toma de posesión y liquidación forzosa administrativa por parte de la Superintendencia Financiera".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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