Micelio

Artículo 1

Decreto 4495 de 2008 · por medio del cual se prorroga la vigencia del artículo 3° del Decreto 4676 de 2007, para la subpartida arancelaria 1005.90.11.00 correspondiente a maíz amarillo y se modifica el artículo 5° del Decreto 4300 del 13 de noviembre de 2008.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Prorróguese la vigencia del artículo 3º del Decreto 4676 de 2007, hasta el 31 de diciembre de 2008, para las importaciones de maíz amarillo, clasificado por la subpartida arancelaria 1005.90.11.00 que se realicen en virtud de la cuarta subasta que se efectuó en el marco del Mecanismo Público de Administración de Contingentes Agropecuarios (MAC). Así mismo se prorroga, para la subpartida arancelaria 1005.90.11.00, la vigencia del artículo 4º del Decreto 4676 de 2007, hasta el 16 de diciembre de 2008.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4495 de 2008