Artículo décimo. Las Comisiones tendrán una Secretaría Ejecutiva a cargo del Jefe de la División de Relaciones Culturales y Divulgación del Ministerio de Relaciones Exteriores. Son funciones de la Secretaría Ejecutiva
Coordinar las actividades que sea necesario adelantar para el cumplimiento de los programas y proyectos específicos a cargo de la Comisión respectiva.
Recopilar y organizar la información necesaria para el cumplimiento de los objetivos del Plan.
Presentar a las Comimsiones las decisiones del Consejo Nacional de Coordinación y las iniciativas de las entidades públicas y privadas.
Presentar a las Comisiones, para su aprobación, los proyectos de presupuesto necesarios para la ejecución de los proyectos previstos en los convenios culturales y científicos y para la promoción de la imagen de Colombia en el exterior.
Gestionar ante el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, la asignación y giro de los dineros necesarios para la financiación de los programas y proyectos del Plan.
Recibir y evaluar los informes que sobre el desarrollo del Plan, presenten las entidades participantes.
Preparar y presentar al Consejo y a las Comisiones, informes periódicos de las actividades cumplidas en el` desarrollo del Plan.
Elaborar y conservar las actas correspondientes a las reuniones de las Comisiones.
Convocar a reuniones de las Comisiones, de acuerdo con las instrucciones de su Presidente.
Dar apoyo administrativo a las Comisiones Ejecutivas.
Las demás que le asigne el Ministro de Relaciones Exteriores.