Micelio

Artículo 3

Decreto 2375 de 1997 · Por el cual se crea un comité interinstitucional encargado del seguimiento de las estrategias y acciones a desarrollar en relación con el Fenómeno del Niño

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Funciones del Comité. Corresponde al comité entre otras las siguientes funciones

1.

Constatar el cumplimiento y puesta en marcha de las acciones y estrategias previstas con ocasión del Fenómeno El Niño, por cada uno de los sectores involucrados en esta gestión.

2.

Actualizar las acciones y estrategias a seguir de acuerdo con el avance y desarrollo del Fenómeno El Niño, así como implementar las modificaciones a que haya lugar.

3.

Remitir cada tres (3) semanas un informe a la Presidencia de la República sobre el avance, desarrollo y cumplimiento, tanto del fenómeno, como de las acciones y estrategias.

4.

Generar boletines informativos como máximo cada tres (3) semanas, sobre el avance y desarrollo del Fenómeno El Niño, dirigidos a la comunidad en general, los cuales serán divulgados a través de medios masivos de comunicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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