Derechos. Los químicos farmacéuticos tendrán los siguientes derechos
Recibir un tratamiento acorde con la dignidad inherente al ser humano;
Percibir una remuneración justa y equitativa por su trabajo profesional;
Ser reconocido como un profesional del área de la salud;
Ser acatado en los conceptos técnicos de su competencia;
Al respeto y reconocimiento científico y técnico;
Ser designado en los cargos que deban ser desempeñados por químicos farmacéuticos;
Ejercer la docencia en las materias de las áreas en las que cursó sus estudios universitarios;
Recibir una capacitación continuada que le permita actualizarse a nivel técnico, científico, con el fin de mejorar en el ejercicio de su profesión;
Ejercer el derecho de libre asociación;
Los demás que consagren la Constitución Política, la ley y los reglamentos. (Artículo 8° del Decreto 1945 de 1996)