Micelio

Artículo 113

A Los Oficiales Que Conduzcan Escoltas De Correos, Se Aumentarán En Un Veinticinco Por Ciento Las Sumas Fijadas Atrás Como Auxilios De Marcha; Mas Este Aumento No Se Referirá Á La Parte Proporcional Del Sueldo Que Devenguen

Decreto 153 de 1897 · Orgánico de la Contabilidad militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los Oficiales que conduzcan escoltas de correos, se aumentarán en un veinticinco por ciento las sumas fijadas atrás como auxilios de marcha; mas este aumento no se referirá á la parte proporcional del sueldo que devenguen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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