° Modifícase la 1ª nota adicional del Capítulo 28 del Arancel de Aduanas, así: "Los productos químicos puros que constituyan principios activos para la preparación de insecticidas, fungicidas, herbicidas, parasiticidas y análogos, que sean clasificables en este Capítulo de acuerdo con las notas que anteceden y que no se encuentren expresamente denominados, se clasificarán en la posición que les corresponda de acuerdo con su constitución química y pagarán un gravamen del 2% previo concepto favorable del Ministerio de Agricultura y clasificación arancelaria emitida por la División de Arancel de la Dirección General de Aduanas".
Artículo 1
Modifícase La 1ª Nota Adicional Del Capítulo 28 Del Arancel De Aduanas, Así: "los Productos Químicos Puros Que Constituyan Principios Activos Para La Preparación De Insecticidas, Fungicidas, Herbicidas, Parasiticidas Y Análogos, Que Sean Clasificables En Este Capítulo De Acuerdo Con Las Notas Que Anteceden Y Que No Se Encuentren Expresamente Denominados, Se Clasificarán En La Posición Que Les Corresponda De Acuerdo Con Su Constitución Química Y Pagarán Un Gravamen Del 2% Previo Concepto Favorable Del Ministerio De Agricultura Y Clasificación Arancelaria Emitida Por La División De Arancel De La Dirección General De Aduanas"
Decreto 168 de 1972 · Por el cual se introducen unas modificaciones al Arancel de Aduanas
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.