Micelio

Artículo 8.37

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las entidades operadoras de libranza deben incluir y proporcionar al deudor el extracto mensual del producto, el detalle de los cobros realizados con los detalles técnicos y propios de la libranza, (tasa de interés, saldo, pagos, cobros adicionales, seguros). Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 8.38. Portales de información de libranza. La Superintendencia de Sociedades dispone de un portal de información en su página web institucional, en el que se incluye información que les permite a los usuarios comparar las tasas de financiamiento a través de libranza de aquellas entidades operadoras que ofrezcan créditos para vivienda, planes complementarios de salud, educación y otros. Circular externa

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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