A partir de la vigencia de la presente disposición, los planteles de enseñanza primaria o secundaria sólo podrán ser dirigidos por personas que acrediten grado profesional docente o administrativo en educación.
Decreto 223 de 1972 →Vigente
Artículo 29
A Partir De La Vigencia De La Presente Disposición, Los Planteles De Enseñanza Primaria O Secundaria Sólo Podrán Ser Dirigidos Por Personas Que Acrediten Grado Profesional Docente O Administrativo En Educación
Decreto 223 de 1972 · Por el cual se dictan disposiciones sobre escalafón del personal docente y se establecen derechos, deberes, estímulos sanciones del mismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.