Micelio

Artículo 3

Auméntase A Ochenta Pesos ($ 80

Decreto 489 de 1966 · Por el cual se modifican los Decretos 1056 de 13 de mayo de 1963, 278 de 11 de febrero de 1964 y 2568 de 10 de octubre de 1964, sobre servicios extraordinarios en las Aduanas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Auméntase a ochenta pesos ($ 80.00) por hora la tarifa establecida en el artículo 1° del Decreto 278 de febrero 11 de 1984.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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