Aprobados por el Ministerio de la Economía Nacional los estudios, proyectos y presupuestos de las centrales hidroeléctricas, el Gobierno iniciará los correspondientes trabajos de construcción y montaje, previa formación de una sociedad a la que la Nación aportará el cincuenta y uno por ciento (51%) de las acciones, la Intendencia el veinte por ciento (20%) y los Municipios chocoanos, las personas y entidades particulares que lo deseen, el veintinueve por ciento (29%) restante.
Ley 70 de 1942 →Vigente
Artículo 4
Ley 70 de 1942 · Por la cual se provee a la defensa del puerto de orocué y al arreglo de la navegación de rio meta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.