ARTICULO 11 . El artículo 44 de los Estatutos Internos del Incora, quedará así: Articulo 44 . Reposición. Contra las providencias que dicte el Gerente General del Instituto sólo procede el recurso de reposición. Cuando se trate de resoluciones que han sido aprobadas por la Junta Directiva, el recurso de reposición deberá interponerse ante el Gerente General, pero el acto administrativo que lo resuelva se someterá también a la aprobación de la Junta Directiva.
Decreto 544 de 1994 →Vigente
Artículo 11
Decreto 544 de 1994 · Por el cual se aprueba el Acuerdo 026 de 1993 de la Junta Directiva del Incora, que introduce algunas reformas a los Estatutos Internos de la Entidad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.