Articulo 6º La Rectoría de la unidad contará con un Comité Administrativo asesor para los asuntos administrativos del instituto y está conformado por el Rector, quien lo presidirá, el Jefe de la Sección Administrativa o quien haga sus veces, el Tesorero del instituto y un funcionario de la Sección de Bienestar del mismo.
Decreto 2011 de 1984 →Vigente
Artículo 6
La Rectoría De La Unidad Contará Con Un Comité Administrativo Asesor Para Los Asuntos Administrativos Del Instituto Y Está Conformado Por El Rector, Quien Lo Presidirá, El Jefe De La Sección Administrativa O Quien Haga Sus Veces, El Tesorero Del Instituto Y Un Funcionario De La Sección De Bienestar Del Mismo
Decreto 2011 de 1984 · Por el cual se organiza una Unidad Docente de Educación Superior del Ministerio de Salud
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.