Micelio

Artículo 66

Decreto 1732 de 1997 · por el cual se reglamenta el título IX de la Ley 201 de 1995 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Designación de otro calificador. Cuando el calificador se retire de la entidad sin haber efectuado la calificación o la evaluación de sus empleados éstas serán realizadas por su inmediato superior, o por el funcionario que reemplace al calificador, o por el empleado que designe el Procurador General de la Nación para tal fin.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1732 de 1997