Micelio

Artículo 1

Parágrafo 11 Bis

Ley 32 de 1925 · Por la cual se reorganiza el Ministerio de Obras Públicas y se fijan asignaciones a sus empleados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En adelante el personal y asignaciones mensuales de los empleados del Ministerio de Obras Públicas, será el que en seguida se expresa:

Del Subjefe

Del Director General de Ferrocarriles

Dirección General de Obras Públicas.

Contabilidad.

Navegación.

Dirección General de Caminos.

Personal.

MINISTERIO DE GOBIERNO

CONGRESO NACIONAL

Cámara del Senado.

Artículo 1º Parágrafo 11 bis. Para pagar al Director de los Anales de la corporación sus sueldos correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 1924, a razón de ciento cincuenta pesos mensuales, por los trabajos ejecutados en la dirección del periódico en cumplimiento de disposición reglamentaria

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 32 de 1925