Micelio

Artículo 2

Ley 50 de 1909 · Por la cual se restablece el Ministerio del Tesoro y se dictan algunas disposiciones sobre servicio de Tesorería

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tendrá dicho Ministerio á su cargo los Ramos de la Administración Pública que le estaban adscritos cuando se expidió el mencionado Decreto, y su personal será el mismo que en la actualidad sirve los Ramos expresados, de suerte que no haya otro aumento que el del Ministerio respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 50 de 1909