FALTAS CONTRA EL SERVICIO. Son faltas contra el servicio
Omitir, retardar, o denegar en forma injustificada un acto propio de sus funciones;
Ausentarse de la sede habitual de trabajo sin obtener el correspondiente permiso o sin dar aviso del lugar al cual se dirige;
Retirarse de la Oficina durante la jornada de trabajo sin autorización del superior;
Omitir, dar cuenta al superior de hechos sobre los cuales está en el deber de informar o hacerlo con retraso o sin ceñirse a la verdad;
Ocultar intencionalmente al superior irregularidades o faltas cometidas con ocasión del servicio o tratar de desorientar al investigador sobre la realidad de los hechos;
Omitir los registros y anotaciones que sobre asuntos del servicio establezcan los reglamentos, órdenes e instrucciones o hacerlo sin incluir los datos y detalles reales de lo ocurrido;
Mentir al superior en asuntos del servicio o aducir motivos injustificados para eludir el cumplimiento del deber;
Conducir los vehículos de la Institución sin autorización de funcionario competente o sin poseer licencia;
Demorar sin causa justificada la entrega de los elementos hallados o incautados por razones del servicio;
Comunicarse con capturados o detenidos sin estar autorizados para ello o demorar su libertad después de recibida la orden correspondiente;
Realizar actos que, en general, perjudiquen el normal desarrollo de los servicios.