Micelio

Artículo 4

Decreto 18710410 de 1871 · Sobre fomento de la aldea de San Faustino

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° El auxilio a que se refiere el artículo precedente, se dará por el Poder Ejecutivo, siempre que se le dé seguridad a su satisfacción de que será invertido en la obra, i la ejecución de ésta se hará bajo la inspección del mismo Poder Ejecutivo, en los términos que tenga a bien disponerlo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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