Micelio

Artículo 50

Son Funciones De La Sección De Recursos Tributarios: A) Conocer Y Resolver Los Recursos Contra Las Liquidaciones De Los Impuestos A La Renta, Patrimonio Y Complementarios, Sucesiones, Donaciones E Indirectos Que Se Presenten En El Territorio De Su Jurisdicción, De Conformidad Con Los Procedimientos Legales Sobre La Materia

Decreto 1715 de 1960 · Por el cual se reorganiza la división de impuestos nacionales y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Recursos Tributarios

a)

Conocer y resolver los recursos contra las liquidaciones de los Impuestos a la Renta, Patrimonio y Complementarios, Sucesiones, Donaciones e Indirectos que se presenten en el territorio de su jurisdicción, de conformidad con los procedimientos legales sobre la materia.

b)

Dictar las providencias sobre adiciones a la liquidación que resulten de la revisión oficiosa, y conocer y resolver los recursos que contra ellos se interpongan, previa delegación para actuar en esta materia.

c)

Rendir informes de acuerdo con el reglamento general.

d)

Las demás que le asigne el Administrador y que estén conformes con los objetivos de la Sección. De la Sección de Tabulación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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