El que ejecute sobre el cuerpo de una persona mayor, de diez y seis años, un acto, erótico sexual, diverso del acceso carnal, empleando cualquiera de los medios previstos en los artículos 317 y 320, estará sujeto a la pena de seis meses a dos años de prisión. En la misma sanción incurrirán los que consumen el acceso carnal homosexual, cualquiera que sea su edad.
Decreto 2300 de 1936 →Vigente
Artículo 323
El Que Ejecute Sobre El Cuerpo De Una Persona Mayor, De Diez Y Seis Años, Un Acto, Erótico Sexual, Diverso Del Acceso Carnal, Empleando Cualquiera De Los Medios Previstos En Los Artículos 317 Y 320, Estará Sujeto A La Pena De Seis Meses A Dos Años De Prisión
Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.