Micelio

Artículo 56

Los Consejeros Y El Secretario, Durante El Ejercicio De Sus Funciones, No Podrán Gestionar Asuntos De Petróleo Ante Ninguna Entidad O Persona Pública O Privada, Ni Ser Asesores O Consultores De Empresas Dedicadas A La Industria Del Petróleo, Ni Tener Interés Alguno En Las Mismas:

Decreto 1636 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Minas y Petróleos, y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Consejeros y el Secretario, durante el ejercicio de sus funciones, no podrán gestionar asuntos de petróleo ante ninguna entidad o persona pública o privada, ni ser asesores o consultores de empresas dedicadas a la industria del petróleo, ni tener interés alguno en las mismas:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1636 de 1960