Son Funciones De La Tesorería General De La República: A) Recibir Todos Los Ingresos Nacionales Y Cuidar De Su Correcta Contabilización, Así Como De La Seguridad De Los Dineros Y Valores Que Se Le Consignen; B) Efectuar Oportunamente Los Pagos A Cargo De La Nación Tanto En El Interior Como En El Exterior; C) Hacer Las Consolidaciones Diarias Relacionadas Con Los Ingresos, Con Base En Los Informes De Las Oficinas Recaudadoras; D)emitir Los Bonos, Pagarés Y Demás Valores A Cargo De La Nación Que Suscriba El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Y Que Deban Ser Refrendados Posteriormente Por El Contralor General De La República; E) Realizar La Cancelación De Los Bonos, Pagarés Y Libranzas De La Deuda Pública Interna Y Externa; F) Guardar, Custodiar Y Controlar Las Acciones Y Títulos, Garantías, Prendas Y Demás Valores Constituidos A Favor De La Nación; G) Efectuar La Situación De Fondos A Las Administraciones Y Recaudaciones De Impuestos Nacionales; H) Preparar Periódicamente El Balance Actualizado De Los Valores Y Titules De Propiedad De La Nación, I) Las Demás Que Le Asignen La Ley O El Ministro; Parágrafo
Decreto 2921 de 1968 · por el cual se organiza la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Son funciones de la Tesorería General de la República
a)
Recibir todos los ingresos nacionales y cuidar de su correcta contabilización, así como de la seguridad de los dineros y valores que se le consignen;
b)
Efectuar oportunamente los pagos a cargo de la Nación tanto en el interior como en el exterior;
c)
Hacer las consolidaciones diarias relacionadas con los ingresos, con base en los informes de las oficinas recaudadoras; d)Emitir los bonos, pagarés y demás valores a cargo de la Nación que suscriba el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y que deban ser refrendados posteriormente por el Contralor General de la República; e) Realizar la cancelación de los bonos, pagarés y libranzas de la deuda pública interna y externa; f) Guardar, custodiar y controlar las acciones y títulos, garantías, prendas y demás valores constituidos a favor de la Nación; g) Efectuar la situación de fondos a las Administraciones y Recaudaciones de Impuestos Nacionales; h) Preparar periódicamente el balance actualizado de los valores y titules de propiedad de la Nación, i) Las demás que le asignen la ley o el Ministro;
Parágrafo
La función pagadora en los Municipios compete a los Administradores y Recaudadores de Impuestos Nacionales a quienes la Dirección General de Tesorería les situará los fondos respectivos, de acuerdo con los reglamentos vigentes.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.