Micelio

Artículo 4

De La Prohibición De Excluir A Los Productores U Oferentes Nacionales

Decreto 3550 de 1982 · Por el cual se dictan normas sobre protección al trabajo y a la industria nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De la prohibición de excluir a los productores u oferentes nacionales . En ningún caso se podrá eliminar la posibilidad de que productores; de bienes de origen nacional presenten propuestas, pero éstos deberán hacerlo dentro de los términos y con los requisitos prescritos por las normas sobre contratación administrativa. En ejercicio de la potestad reglamentaria, el Gobierno Nacional determinará lo que se entiende por bienes de origen nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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