Artículo segundo. Las empresas productoras de cervezas de producción nacional seguirán dando estricto cumplimiento a las normas y disposiciones contenidas en el Decreto- Ley 190 de 1969 y su reglamentario 294 de 1969, en relación con el 40% del impuesto. En cuanto al 8% restante aplicarán las normas antes mencionadas con las modificaciones que a continuación se expresan.
Decreto 161 de 1971 →Vigente
Artículo 2
Decreto 161 de 1971 · Por el cual se reglamenta el artículo 6º de la Ley 39 de 1969
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.