Micelio

Artículo 137

Ley 84 de 1931 · De Justicia Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La pena de suspensión del destino militar consiste en la privación de las funciones del mismo y de los ascensos que corresponderían al penado durante la condena, cuyo tiempo no se le computará para los efectos del retiro ni paca la antigüedad en el grado.

El condenado a esta pena percibirá, sin embargo, durante la condena, las dos terceras partes del sueldo asignado a su destino.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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