Micelio

Artículo 4

Decreto 37 de 1884 · Por el cual se declara insubsistente un nombramiento y se hace otro en propiedad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° Las colecciones de muestras que se formen se remitirán con sus correspondientes datos á los Consulados de Colombia en el extranjero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 37 de 1884