Micelio

Artículo 2.2.3.4.1

Vinculación De Los Colocadores Independientes Profesionalizados De Loterías Y/O Apuestas Permanentes, Al Servicio Social Complementario Del Programa De Beneficios Económicos (Beps)

Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vinculación de los Colocadores independientes profesionalizados de loterías y/o apuestas permanentes, al Servicio Social Complementario del Programa de Beneficios Económicos (BEPS). Cuando se trate de los colocadores independientes profesionalizados de loterías y/o apuestas permanentes establecido en el artículo 56 de la Ley 643 de 2001 y en el artículo 55 del Decreto Ley 2106 del 2019, su vinculación al programa de Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) será de manera automática, en el entendido que, se considerará vinculado al programa con el primer aporte que el concesionario realice. TÍTULO 4 PILAR CONTRIBUTIVO CAPÍTULO 1 Disposiciones Generales

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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